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Preguntas frecuentes

El personal empleado público se clasifica en:

a. Personal funcionario de carrera.

b. Personal funcionario interino.

c. Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal.

d. Personal eventual.

(Art. 14.2 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana).

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