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Preguntas frecuentes

Las resoluciones sobre datos censales serán notificadas por la Delegación Provincial del Censo Electoral a cada uno/a de los/las reclamantes, además de ser notificadas a los Ayuntamientos y Consulados correspondientes.

No obstante, las rectificaciones del censo electoral que se hayan producido como consecuencia de las reclamaciones serán expuestas al público el decimoséptimo día posterior a la convocatoria. Es decir, siendo la convocatoria de fecha 5 de marzo, las rectificaciones serán expuestas el 22 de marzo (art. 39.6 Ley Orgánica del Régimen Electoral General y art. 5 de la Orden de 21 de marzo de 1991 por el que se regula el procedimiento de reclamación administrativa en período electoral).

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