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Preguntas frecuentes

Los/las electores/as que opten por remitir el voto por correo certificado lo deben hacer no más tarde del quinto día anterior al día de la elección, es decir, siendo las elecciones el 28 de abril, podrá ser enviado hasta el 23 de abril (art. 75.4 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).

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https://eleccions2019.gva.es/es/-/-cual-es-el-plazo-para-remitir-el-voto-por-correo-desde-el-extranjero-#167707705