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Preguntas frecuentes

Sí, y en el supuesto de que las realicen, los resultados de las mismas, cuando así lo soliciten, deben ser puestos en conocimiento de las entidades políticas concurrentes a las elecciones en el ámbito territorial de la encuesta en el plazo 48 horas desde la solicitud (art. 69.8 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).

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https://eleccions2019.gva.es/es/-/-pueden-realizar-encuestas-electorales-los-organismos-dependientes-de-las-administraciones-publicas-en-periodo-electoral-#167708848