¿Pueden subsanarse las irregularidades de los/las representantes de las candidaturas? - Elecciones 2019
¿Pueden subsanarse las irregularidades de los/las representantes de las candidaturas?
Sí, el plazo de subsanación de irregularidades de las candidaturas presentadas es de 48 horas desde la comunicación de las irregularidades. Es decir, como las irregularidades se comunican el día 29 de marzo, éstas podrán ser subsanadas entre los días 30 y 31 de marzo, ambos inclusive (art. 47.2 Ley Orgánica del Régimen Electoral General y art. 28.2 Ley Electoral Valenciana).





