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Preguntas frecuentes

Los/las electores/as que opten por ejercer por correo su derecho de voto, deberán incluir en el sobre dirigido a la Junta Electoral la siguiente documentación:

- Sobre o sobres de votación con su opción de voto.

- Certificado de estar inscrito en el Censo.

- Fotocopia del pasaporte o del Documento Nacional de Identidad expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificación de nacionalidad o certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidas por el Consulado de España en el país de residencia.

 

Dicho sobre debe ir dirigido a la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática a la que el/la elector/a esté adscrito/a, no más tarde del quinto día anterior a la elección.

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https://eleccions2019.gva.es/es/-/-que-documentacion-debera-contener-el-sobre-dirigido-a-la-junta-electoral-competente-para-los-las-electores-as-que-voten-por-correo-desde-el-extranjer#167707731