¿Quién puede solicitar el voto por correo? - Elecciones 2019
¿Quién puede solicitar el voto por correo?
Los/las electores/as que prevean que en la fecha de la votación (28 de abril) no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho de voto, o aquellas personas que no puedan personarse en el Colegio Electoral (art. 72 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).





