Banner Resultados electorales

Preguntas frecuentes

Se expedirán certificaciones censales específicas a los/las electores/as que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:

• Quien figurando en las listas de votación del censo electoral correspondiente a las últimas elecciones celebradas en el ámbito nacional, o con posterioridad a las mismas en el ámbito territorial que corresponda al proceso electoral, y no aparezcan en las listas entregadas a la Mesa electoral en la que estaban inscritos/as, siempre que no figuren en las listas de otras Mesas electorales como consecuencia de un cambio de domicilio o de residencia debidamente justificado, y que no hayan sido excluidos/as del censo como consecuencia de la conclusión de un expediente de baja de oficio por inclusión indebida.

• Quien presentó reclamación administrativa porque no había sido incluido/a en el censo electoral, y habiendo sido aceptada, no figura en las listas entregadas a las Mesas electorales.

• Quien sin haber comunicado un cambio de domicilio que haya dado lugar a su inscripción en el censo electoral de otro municipio, no figure en el ejemplar certificado de la lista del censo de la Mesa correspondiente.

• Quien figure con datos de identificación personal erróneos en las listas de la Mesa electoral.

(Instrucción 7/2007 de 12 de abril de la Junta Electoral Central).

Copiar enlace directo a este contenido
https://eleccions2019.gva.es/es/-/-quien-tendra-que-solicitar-las-certificaciones-censales-especificas-#167705352