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Preguntas frecuentes

Sí, se puede votar igualmente aunque la documentación esté caducada.

Tal y como se ha acordado por la Junta Electoral Central en los Acuerdos de 9 de junio de 1986 y de 4 de abril de 1991, el Documento Nacional de Identidad, el pasaporte o el permiso de conducir que estén caducados serán válidos si permiten la acreditación del/de la votante en cuanto conste la fotografía y firma del/de la titular.

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