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Preguntas frecuentes

No, ya que los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores únicamente podrán colocar pancartas y carteles colgados a postes o farolas por el sistema llamado de banderolas en los lugares reservados como gratuitos por los Ayuntamientos (art. 55.1 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).

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