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Preguntas frecuentes

Sí, además de los lugares especiales gratuitos indicados para la colocación de carteles y pancartas, los partidos, coaliciones, federaciones y las candidaturas pueden colocar carteles y otras formas de propaganda electoral en los espacios comerciales autorizados (art. 55.2 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).

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https://eleccions2019.gva.es/es/-/-se-puede-colocar-propaganda-electoral-en-sitios-diferentes-de-los-espacios-gratuitos-reservados-por-los-ayuntamientos-#167706703