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Preguntas frecuentes

No, ningún/a candidato/a o suplente puede presentarse a más de una circunscripción (art. 46.6 Ley Orgánica del Régimen Electoral General). En caso de hacerlo, la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana procederá a eliminarlo/a de las listas en las que se presente (art. 26.4 Ley Electoral Valenciana).

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